Las personas destinatarias del Servicio de Mediación Penal Juvenil (Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública) son menores, de 14 a 17 años, que son derivadas desde las Fiscalías de Menores (en fase extrajudicial) o desde los Juzgados de Menores (en fase intrajudicial), para dar respuesta a los contenidos que se estipula en los artículos 19.1 y 51.3 de Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
El Objetivo General del programa es proporcionar una atención especializada a las víctimas de delitos cometidos por menores de edad, que apoye el proceso de recuperación y de reparación que necesita y que les permita afrontar adecuadamente los procesos restaurativos. Las modalidades del programa son:
Programa de Mediación Penal
Este programa pretende que la persona menor que ha infringido la ley, pueda resolver el conflicto generado con el ilícito penal mediante un proceso de diálogo con la víctima, y la reparación moral, psicológica y/o material a la misma. Este programa puede desarrollarse en fase extrajudicial (art.19 de la LORPM) o en fase intrajudicial (art. 51.2).
Soluciones Extrajudiciales
Este programa contempla la posibilidad de que la persona menor infractora repare el daño causado a la comunidad mediante la participación en actividades de tipo educativo y/o de colaboración social. Estos programas, que sólo pueden desarrollarse en fase extrajudicial, de acuerdo al art. 27 de la LORPM, y están destinados a aquellos casos donde no existe una víctima o un perjudicado directo de las acciones de la persona menor infractora, o bien, existiendo, ésta no desea participar en un proceso de mediación, o bien, los equipos técnicos de la Fiscalía consideran que es la mejor solución a aplicar para el conflicto concreto generado entre las partes.
Programa de Prevención del Delito y Divulgación de la Mediación en el ámbito educativo
Promover la concienciación de toda la comunidad educativa sobre las consecuencias que tienen determinadas conductas en base a la LORPM (Ley Orgánica de la Responsabilidad Penal de los Menores), así como promocionar las prácticas restaurativas (entre ellas la mediación) en la resolución de conflictos.